
¿Qué dice la ley de alquileres sobre el registro de contratos?
La nueva ley de alquileres, vigente para todos los contratos firmados con posterioridad al 1 de julio de 2020, establece que los locadores tienen la obligación de declarar los contratos ante AFIP. Incluso, pueden recibir sanciones si no lo hacen.
Cuando se inicien acciones judiciales a causa de la ejecución de un contrato de locación, previo a correr traslado de la demanda, el juez debe informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP) sobre la existencia del contrato, a los fines de que tome la intervención que corresponda.
Sin perjuicio de la obligación del locador, cualquiera de las partes puede informar la existencia del contrato a la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP) a los fines dispuestos en el presente artículo, en los términos que esta autoridad disponga.
¿Por qué registrar el contrato en AFIP siendo inquilinos?
Si bien la obligación de registrar los contratos recae en los locadores, los inquilinos también tienen la posibilidad de hacerlo y es importante que lo hagan.
Quienes desean deducir el alquiler del Impuesto a las Ganancias, necesariamente deben hacerlo. Y quienes no tributan ese impuesto también pueden registrar sus contratos, a fin de contribuir al blanqueamiento de un mercado con altísimos niveles de informalidad.
¿Qué información se necesita para registrar el contrato?
Para registrar el contrato de alquiler en AFIP siendo inquilinos debemos contar con CUIL/CUIT y clave fiscal y es importante tengamos a mano una versión en PDF del contrato, junto con la siguiente información:
- Nombre y CUIL/CUIT de la parte locadora, locataria y datos del inmueble alquilado (Dirección, localidad, código postal).
- Datos del contrato: Fecha de inicio y finalización, monto del alquiler y frecuencia de pago (mensual, anual, etc.)
- Datos del intermediario (si lo hubiera): CUIL/CUIT y nombre.
Paso a paso, así se registra un contrato en AFIP
Registro de contratos de alquiler en AFIP
Tiempo total: 20 minutos
Ingresar en la web de AFIP

Ingresar al sitio web de AFIP con CUIL/CUIT y clave fiscal
Localizar la opción RELI

Localizar la opción RELI (Registro de Locaciones de Inmuebles). Si no aparece entre las opciones disponibles significa que no tenemos adherido el servicio. Por tanto, debemos adherirlo antes de continuar.
Indicar que somos inquilinos

Una vez dentro del servicio, debemos seleccionar que queremos registrar un contrato de locación urbano, que no subalquilamos el inmueble a un tercero y que nuestro rol en el contrato es el de inquilinos.
Agregar los datos del locador

A partir de aquí, debemos completar cinco pasos. El primero es agregar los datos del locador. Seleccionamos el símbolo de suma (+) y agregamos el CUIL/CUIT del locador y su nombre. Presionamos “Siguiente”.
Agregamos nuestros datos

Hacemos lo mismo con nuestro nombre y número de CUIL/CUIT y presionamos “Siguiente”.
Agregamos los datos del inmueble

Completamos los datos del inmueble: Tipo de vivienda, dirección, localidad y código postal. Y presionamos “Siguiente”.
Agregamos los datos del contrato

Por último, completamos los datos del contrato: Fecha de inicio y finalización, frecuencia y monto del pago, CUIL/CUIT del intermediario (si lo hubiera) y adjuntamos el PDF del contrato.
Revisamos y confirmamos

El último paso consiste en revisar todos los datos ingresados antes. Si todos son correctos, presionamos “Confirmar”.
¿Tienen que darme una factura por el alquiler?
Sí, la Resolución 4004-E (de AFIP) establece para los alquileres que sean cobrados por dueño directo o a través de terceros, como la inmobiliaria, la obligatoriedad de entregar Factura B o C, con nombre, apellido y CUIT del locador, domicilio alquilado y precio del alquiler.
Es importante saber que el alquiler de vivienda está exento de IVA. Eso significa que no nos pueden cobrar 21% más para entregarnos una factura.
Si la inmobiliaria o el propietario se niegan a entregar facturas a cambio del alquiler, podemos intimarlos formalmente o denunciar la situación ante AFIP.
Para consultar sobre todos estos temas, los vecinos y vecinas que alquilan vivienda pueden escribir al Whatsapp 112392-1644.