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Notificación electrónica

Aquellos inquilinos y propietarios que fijen una dirección de correo electrónico en el contrato ya no tendrán que cursar notificaciones por carta documento.

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La nueva ley de alquileres, vigente desde julio de 2020, establece que las partes de un contrato (locador, locatario y garantes) pueden fijar un domicilio electrónico (mail) en el contrato de locación.

De esta forma, todas las comunicaciones que se cursen a través de ese domicilio electrónico serán válidas y vinculantes.

La legislación no obliga a las partes a fijar un domicilio electrónico, sino que lo permite.

Texto del Artículo 75 del Código Civil y Comercial
Domicilio especial. Las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de los
derechos y obligaciones que de él emanan. Pueden además constituir un domicilio electrónico en el que se tengan
por eficaces todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que allí se dirijan.

Ventajas y beneficios del domicilio electrónico

Este artículo de la nueva legislación es importante ya que la comunicación por correo electrónico:  

  • Es gratuita. Los inquilinos dejan de pagar cartas documento cada vez que necesitan notificar alguna situación.
  • Es instantánea y eficaz. Desde que un inquilino se acerca al correo para enviar una carta documento hasta que la misma llega al domicilio del locador pasan –al menos- 48 horas. Además, es posible que nadie reciba esa carta documento y que la misma vuelva al domicilio de origen; con la consecuente pérdida de tiempo y dinero por parte del inquilino.
  • Evita conflictos. Cotidianamente vemos que quienes se acercan a nuestro asesoramiento legal para inquilinos tienen temor tanto de enviar como de recibir cartas documento, ya que las consideran el inicio de un conflicto judicial. La utilización del correo electrónico favorece la comunicación entre las partes y la solución de conflictos puntuales.

¿Cuál es la diferencia entre comunicación y notificación?

La comunicación entre las partes se refiere al diálogo informal que pueden mantener locatarios, locadores, inmobiliarias, garantes o seguros de caución.

En muchas ocasiones basta con esta comunicación informal, que muchas veces se realiza por WhatsApp o teléfono, para resolver algunas situaciones menores.

Sin embargo, la ley exige que determinadas cuestiones se notifiquen formalmente, porque solo así se activa la responsabilidad de la otra parte. Eso sucede con los arreglos, donde si no hay comunicación formal del problema la locadora puede darse por no enterada y no realizarlos.

Este tipo de comunicaciones siempre se efectuaron por carta documento. Sin embargo, la nueva legislación permite que estas notificaciones se efectúen por correo electrónico, en cuyo caso tienen el mismo valor que las cartas documentos.

Para consultar sobre todos estos temas, los vecinos y vecinas que alquilan vivienda pueden escribir al Whatsapp 112392-1644.